Se acerca la primavera y se comienzan a diagramar los planes de licencia en todos lados. Surgen hoy como todos los años dudas sobre cómo se calculan los días de vacaciones. Todas las respuestas están en la ley de contrato de trabajo 20.744 de la República Argentina, y como te imaginarás es un poco complicada. Por eso repasemos juntos los temas que más te importan para disfrutarlas al máximo.
Te deben avisar que periodo te corresponde 45 días antes de la fecha de inicio.
Queda claro que debes tomarlas, no puedes canjearlas por dinero, está prohibido.
Si no usaste tus días de vacaciones hasta el 30/04 del año siguiente, los pierdes.
Según la antigüedad al 31 de diciembre te corresponden:
Si eres nuevo debes haber trabajado por lo menos la mitad del año, caso contrario te toca 1 día de licencia por cada 20 trabajados.
Para los trabajadores con media jornada o part-time el cálculo de los días es el similar al antes mencionado.
Las licencias siempre arrancan los lunes, si fuera feriado el día hábil posterior.
No se admite el fraccionamiento de las vacaciones, ni siquiera por pedido del trabajador.
La única excepción contemplada es reservar hasta un tercio de los días del periodo para tomarlas junto a las del año siguiente, por si quieres planear un lindo viaje por ejemplo.
El pago debes recibirlo al inicio del periodo de tus vacaciones, y como en la práctica te las pagan junto con el sueldo mensual, te aconsejo avisar con anticipación para tener tu pago en tiempo y forma.
Si te desvinculas del trabajador, te corresponde el pago proporcional de las vacaciones no gozadas.